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  • Despido procedente: ¿Qué es y cuándo puede aplicarse?
Despido nulo: Causas y Consecuencias

El despido procedente (que no es improcedente) siempre genera muchas dudas a los usuarios. A continuación te contamos qué es el despido procedente y cuando puede aplicarse. Sal ahora mismo de dudas.

¿Qué es el despido procedente?

El despido procedente ocurre cuando la empresa da por terminado el contrato laboral del empleado de manera justificada, con fundamentos respaldados por la legislación.

Los motivos para este tipo de despidos están establecidos en la normativa laboral, específicamente en el Real Decreto Legislativo 2/2015, Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Este tipo de despido, ojo, solo puede ser considerado procedente si el trabajador lleva su caso ante los tribunales y el juez falla a favor de la empresa.

Ejemplo práctico para entender qué es un despido procedente

Si la empresa despide a un empleado por faltas injustificadas como causa disciplinaria, el empleado lo impugna ante el juez y el juez confirma que la empresa está en su derecho, entonces se confirma que el despido fue procedente.

Sin embargo, la cosa cambia si el empleado acepta la situación desde el principio, porque en ese caso el despido se consideraría disciplinario. Lo mismo sucede cuando el despido está relacionado con causas objetivas como problemas económicos, de producción u organizativos.

En conclusión, si los empleados afectados no impugnan, entonces es despido objetivo, pero si deciden recurrir y el tribunal no les da la razón entonces se convierte en un despido procedente. Por eso es tan importante conocer los derechos y las obligaciones para el caso de empleados y empleados, para saber.

Diferenciación entre despido procedente, improcedente y nulo

La diferencia entre un despido procedente de uno improcedente o nulo tiene que ver con el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos legales. El primero cumple los requisitos legales pero los segundos no.

La última palabra la tiene el juez, que es quien determina la procedencia, improcedencia o la nulidad del despido del trabajador. Si el contrato termina de forma unilateral, con razones justificadas y amparado por la ley, se consideraría un despido procedente.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que en el despido procedente puede no haber derecho a recibir una indemnización. La cosa cambia en el despido improcedente, aunque hay excepciones. Es otra diferencia de peso entre ambos.

Causas de un despido procedente

Las causas aparecen recogidas en el propio artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Son motivos que permiten justificar un despido procedente:

  • Ausencias reiteradas al trabajo sin justificación válida, como impuntualidad crónica.
  • Desobediencia y falta de disciplina en el entorno laboral.
  • Faltas de respeto, tanto verbales como físicas hacia el jefe, compañeros o incluso violencia verbal o física.
  • Vulnerar la buena fe contractual.
  • Abuso de la confianza.
  • Disminución continua del rendimiento laboral.
  • Presencia en el lugar de trabajo bajo los efectos de sustancias como alcohol o drogas.
  • Acoso laboral basado en motivos como raza, religión, discapacidad, orientación sexual o edad.
  • Acoso sexual en el lugar de trabajo.
  • Falta de adaptación a la empresa.
  • Otras causas como objetivas a nivel económico, productivo u organizativo.

Son diversas las causas que pueden llevar a una empresa a despedir a un trabajador con un despido procedente. Por ejemplo, por llegar siempre tarde, por no cumplir con sus funciones, por molestar a los compañeros, etc. En definitiva, situaciones poco deseables para la empresa y para el entorno laboral en general.

También hay que tener en cuenta que si el hecho que ha causado el despido se debe a un tema económico, productivo o bien organizativo y los recursos humanos afectados no reclaman, entonces serían un despido objetivo. Pero si reclaman y el juez no le da la razón, pasaría a ser un despido procedente.

Requisitos legales para un despido procedente

Para que un despido sea procedente según la ley, se debe ejecutar de la siguiente manera:

  1. En primer lugar, la empresa debe notificar el despido al trabajador por escrito. En la carta deben aparecer las causas (de no indicarlas, luego podrían no servir como alegación para el juez). no podrán servir como alegación.
  2. La empresa debe demostrar los motivos que causan el despido.
  3. La carta de despido se le debe entregar al empleado con una antelación de 15 días naturales.
  4. La indemnización (en caso de haberla) se deberá adjuntar a la carta de despido.

Es importante cumplir con los plazos para evitar problemas y hacerlo conforme la ley. La empresa deberá comunicar el despido con un preaviso de 15 días naturales de margen respecto a la fecha de despido. Los días empiezan a contar desde el momento en el que se le entrega la carta de despido.

Por ejemplo, si el trabajador recibe la carta de despido el día 1, entonces el 15 se acaba el contrato. Además, al tratarse de días naturales también se contabilizan fines de semanas y festivos.

Si se tratara de un despido disciplinario la empresa no tendría obligación de avisar previamente al trabajador.

Derechos del trabajador ante un despido procedente

Es importante que el trabajador conozca sus derechos frente a una situación de despido procedente, así como las condiciones que tiene para poder acceder al paro.

Indemnización

En primer lugar, una de las dudas que se hacen muchos trabajadores en esta situación es si cobrarán algún tipo de indemnización. En caso de despido procedente se tendrá indemnización o no según la causa del despido.

Si es un despido disciplinario debido a causas graves y procedente, el trabajador no recibe ninguna indemnización. La cosa cambia si es un despido objetivo y procedente, porque ahí sí tendría derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo 12 meses.

En cuanto al paro, la buena noticia para el trabajador es que en estos casos se tiene derecho a cobrar la prestación, independientemente del tipo de despido. Aunque ojo, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales para acceder al paro:

  • Haber cotizado más de un año en los últimos 6 años.
  • Estar apuntado como demandante de empleo.

En cuanto a la cantidad de paro a cobrar, dependerá del salario del trabajador y del tiempo cotizado en los últimos seis años.

Cómo impugnar un despido procedente

Cancelar despido procedente por parte de la empresa

¿Se puede hacer algo frente a un despido procedente o no hay absolutamente nada que hacer? Realmente, se puede cancelar el despido procedente.

Como te contamos, hay un preaviso de 15 días desde que el trabajador recibe la carta de despido. Si la empresa se arrepiente de la decisión, lo comunica dentro de ese plazo y avisa al empleado, entonces tiene la obligación de aceptarlo, porque no se ha llegado a finalizar la relación laboral. 

¿Y si la empresa se arrepiente de la decisión después de los quince días de preaviso? En ese caso, la empresa podría retractarse de su decisión, pero la diferencia es que el empleado no tendría la obligación de volver a su puesto de trabajo.

Es una situación poco habitual, pero como ves Por tanto, ante esta situación, solo se contempla la reanudación de la relación laboral cuando exista acuerdo entre ambas partes.

Impugnar el despido procedente por parte del trabajador

Por su parte, el trabajador puede no estar de acuerdo con el despido procedente. Puede que considere que no lo es y quiera reclamar.

  1. Tras recibir la carta de despido, el trabajador tiene 20 días hábiles para impugnar el despido. Son días hábiles, por lo que no cuentan fines de semanas o festivos.
  2. El trabajador puede impugnar el despido presentando una papeleta de conciliación ante los servicios competentes territorialmente en materia de conciliaciones. En este punto, podría ser recomendable la ayuda de un abogado.
  3. Si no se llega a un acuerdo en el acto de conciliación, se pasaría a la fase judicial.
  4. Tras celebrar el juicio, será el juez quien emita la sentencia.

Una vez comunicado el despido, verbal o por escrito, el trabajador dispone de un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido, sin contar sábados ni domingos ni festivos.

Preguntas frecuentes sobre el despido procedente

¿Tengo derecho a indemnización si el despido es procedente?

No. Solo si es objetivo.

¿Puedo cobrar el paro tras un despido procedente?

Sí. Siempre que cumplas con los requisitos para cobrar la prestación de desempleo, como el mínimo de cotización exigido.

¿Qué diferencia hay entre despido procedente y despido improcedente?

El despido procedente está justificado por la empresa y suele producirse por un incumplimiento grave. Mientras que el improcedente ocurre cuando la empresa decide despedir al trabajador y se incumplen las formalidades necesarias.

Es importante que tanto trabajadores como empresas conozcan el significado del despido procedente y todo lo que implica, porque ya ves que hay importantes diferencias con el despido improcedente, nulo u objetivo.

En caso de dudas o disputas, solicita siempre asesoramiento legal

Cada caso es un mundo y es importante tratarlo con la paciencia que merece. Si tienes dudas sobre un caso de despido procedente, es importante que lo consultes con un profesional del ámbito legal, para saber si tienes las de ganar o si no hay nada que hacer.

En caso de dudas o disputas, busca siempre ayuda legal.

¿Te ha quedado alguna duda?